Esta Jueza del Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 185 ¿A del Código Civil, se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos PEDRO JOSE QUERALES TEJERA y NELLY YUDITH CARDENAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.226.346 y V- 11.500.067 respectivamente, y en consecuencia DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre ellos, para lo cual acuerda remitir sendas copias certificadas de la presente decisión, a la Primera Autoridad Civil del Municipio Baru.....