Se dictó auto acordando permiso especial supervisado al penado RAFAEL SIMÓN OCHOA NAVAS. Se remitieron oficios al C.T.C. "Nilda Lucrecia Hernández" de Barquisimeto, Estado Lara, informando de dicho permiso, y remitiendo boleta de notificación al penado. Se ordenó librar boleta al penado, fiscal y defensa. Se acordó remitir copia de la decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia y al Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, quie ejerce la función de vigilancia y control del penado.