En el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Antonio Trejo Calderón, Virgilio Rafael Filardi, Giovanni Herrera y Rafael Augusto Castro, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Yecid Alexander Cárdenas, contra el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (C.IC.P.C), esta Corte Declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer la consulta de Ley prevista en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, 2.- REVOCA el fallo consultado.3.-PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial. En consecuencia: 3.1.- PARCIALMENTE NULO el acto administrativo impugnado, solo en lo que respecta al pago de la pensión de jubilación calculado con la base del noventa y dos por ciento (92%) de su salario, toda vez que se verificó que le correspondía el monto máximo de su salario, es decir 100% del mismo para el cálculo de la pensión jubila.....