La Corte declaró SIN LUGAR la apelación ejercida por German Morantes, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Corte en fecha 13 de agosto de 1998, mediante el cual declaró la inadmisibilidad de la solicitud de retrocesión de la expropiación interpuesta por el referido ciudadano, CONFIRMANDO el auto recurrido.