En razón de las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, actuando este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano HENRY JOSE SUAREZ INDAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-9.634.637, contra la ciudadana MARINA ESTHER IBAÑEZ ARAUJO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.377.684 por DIVORCIO. SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos HENRY JOSE SUAREZ INDAVE, y MARINA ESTHER IBAÑEZ ARAUJO, existente desde el 10 de noviembre de 1989. Y ASI SE DECIDE.