En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Control Nº 6 Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por La Autoridad Que Le Confiere La Ley PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Revisión y cambio de la medida formulada por la Defensa del ciudadano YAMILET MEDINA SALAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.536.896 (NO PORTA), nacido en Barinas -Estado Barinas, en fecha 05-05-1978, de 32 años de edad, Grado de Instrucción: 03er año de bachillerato, de profesión u oficio: no realiza ninguna actividad, domiciliada en la calle 4ª, entre carreras 7 y 8, pueblo nuevo, casa Nº 1-71, Barquisimeto Estado Lara, sobre el cambio de la Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en fecha 30/01/2011 la cual se ordena MANTENER. SEGUNDO: Así mismo se ordena trasladar a la ciudadana YAMILET MEDINA SALAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.536.896, a la medicatura forense con EXTREMA URGENCIA a los fines de que practique valora.....