En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto el día 13/5/2013, por la parte querellante contra la sentencia dictada en fecha 25/6/2012, por el A quo, mediante la cual declaró Parcialmente con Lugar el recurso interpuesto contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, 2. ANULA por orden público la sentencia de fecha 25/6/2012, dictada por el referido Juzgado, 3.- INOFICIOSO pronunciarse del recurso de apelación interpuesto, 4.- PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta, 4.1 ORDENA el pago de los sueldos dejados de percibir correspondientes al periodo 1/12/2014 al 24/12/2014, así como la indexación calculada conforme a lo establecido en la motiva del presente fallo y realizar experticia complementaria del fallo de conformidad con el artículo 249 del CPC y 4.2 NIEGA el pago de los siguientes conceptos: diferencia de antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales....