Mediante decisión, esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, declaró EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por el abogado Eduardo Jiménez Morales, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES RAM-VEN, C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 100, del 20 de marzo de 2013, emanada de la Dirección Estadal Ambiental Nueva Esparta del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE, notificada el 21 de marzo del mismo año. Ordenó igualmente Publicar, registrar y dejar copia de la presente decisión, y el archivo del expediente.