En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte ORDENA a la Secretaría de esta Corte oficiar al Presidente del Centro Nacional de Comercio Exterior a los fines que remita dentro del lapso de cinco (5) días hábiles, contados a partir del recibo del oficio que se ordena librar, copia certificada del Expediente Administrativo relacionado con la presente causa. Asimismo, se ORDENA a la Secretaría de este Órgano Jurisdiccional, notificar del presente auto a la contraparte, a los fines de que, una vez sea consignado el expediente y/o antecedes administrativos, pueda -si así lo quisiera- impugnar la documentación constante en el mismo, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos lo solicitado, para lo cual se abrirá, el día siguiente a la impugnación, la articulación probatoria prevista en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.