Este Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo declaró: 1.- dictar AUTO PARA MEJOR PROVEER mediante el cual se solicita al Ministerio del Poder Popular de Planificación lo antes expuesto, para que en el lapso de diez (10) días de respuesta y deje Constancia en autos de haberse practicado su notificación, remita a este Juzgado Nacional el Oficio DVPSI-DGSEFP Nº 069 de fecha 21 de febrero de 2019, suscrito por el ciudadano Ricardo José Menéndez Brito, en su carácter de Ministro del Poder Popular de Planificación, al igual que el Oficio DGSCPP/2019/002 de fecha 10 de enero de 2019, según Decisión de fecha 24 de ese mismo mes y año, donde se notificó al Consejo Legislativo del estado Bolivariano de Aragua que le fue aprobada por la ciudadana Vicepresidenta de la República Delcy Eloína Rodríguez Gómez, la solicitud de Jubilación Especial al ciudadano Hermes Gregorio Gómez Bolívar. Así se decide.