La Corte declaró que es COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta contra el auto que declaró inadmisible la prueba de inspección judicial y la de testigos promovidas en el recurso contencioso administrativo funcionarial; PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación; REVOCÓ parcialmente el auto de fecha 21 de abril de 2005, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental y CONFIRMÓ parcialmente el mencionado auto, en lo atinente a la inadmisión de la prueba de inspección judicial contenida en la Promoción Décimo Primera del aludido escrito de pruebas presentado por los apoderados judiciales de la parte querellante.