Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesta conjuntamente con Amparo Cautelar y subsidiariamente con Medida Cautelar Innominada de Suspensión de Efectos, por los Abogados Gustavo Álvarez Arias, Eduardo Robertson Franquiz y Gumersindo Hernández Pérez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 34.235, 43.542 y 60.029, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil DINCAR ARAGUA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 27 de abril de 1999, bajo el Nro. 59, tomo 17-A, contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS (SUNDDE).