Tramitada como ha sido la solicitud de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, efectuada por la ciudadana MAGALIS COROMOTO CORDOVA CORDERO , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.071.198, de este domicilio, asistida por el abogado DAVID CAMARGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.074, actuando en su propio nombre y en representación de su hija ...................................., de siete (07) años de edad, mediante la cual solicita se le declare, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ROINBER JOSE PEREZ ESCORCHE, quien falleció ab-intestato en fecha 03 de noviembre del 2009, en el barrio el Progreso de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, y era venezolano, mayor de edad, de profesión agente del orden publico, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.865.717, como se evidencia del acta de defunción signada con el Nº 629, TOMO 2, AÑO 2009, y cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme .....