Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: En fecha 12 de noviembre de 2009, el abogado Reynaldo Mayz González, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No.V-6.919.564, en su carácter de apoderado judicial de INVERSIONES ALTASOL, C.A, y CONSORCIO JOYA GEMA 1999 C.A, y ciudadano DANIEL ENRIQUE PAZ CASTILLO LUPI, parte demandada asistido por la abogada en ejercicio TERESITA RODRIGUEZ, de este domicilio, titular de la cedula de identidad NºV-3.820.698, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 23.260, consignan transacción a efectos videndi ante el Coordinador de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo.....