"....llenos como se encuentran los extremos procesales de los artículos (585 y 588 del Código de Procedimiento Civil) este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO de conformidad con el ordinal 5° del artículo 599 del Código de procedimiento Civil, a favor de la demandante, ciudadano ALIRIO JOSÉ RUIZ, sobre un bien inmueble constituido por un parcela de terreno y la casa quinta sobre ella
construida, distinguida con el N° 41, lote B, Macromanzana M9, Segunda Etapa, parcelamiento La Loma, jurisdicción del Municipio Valencia del Estado Carabobo, la cual tiene una superficie de aproximada de ciento diecisiete metros cuadrados (117 M2) y esta comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con la parcela P-16, en siete metros con ochenta centímetros (7,80 m); SUR: Con calle 1, en siete metros con ochenta centímetros (7,80 m); ESTE: Con parcela P-40, en quince.....