En mérito de todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley: CONDENA al ciudadano Francisco Rafael Rojas Espinoza, quien es Venezolano, de 29 años de edad, nacido en fecha 08-09-74, Indocumentado, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en el Caserío Quebrada de la Niña del Municipio Cajigal del Estado Sucre, casa S/N, antes de la pasarela, Hijo de: Dominga Espinoza y Tarciso Rojas;a cumplir la pena de Dos (02) años y Ocho(08) meses de prisión , en el establecimiento penal que designe el Tribunal de Ejecución correpondiente; por ser responsable de la comisión del delito Hurto Calificado, Previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 3° del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Panaderia La Madediana. La referida pena se cumplirá aproximadamente en el año 2007. Así mismo, se le condena a las .....