Esta CORTE declaró: Se acuerda librar oficio a la Gobernación del Estado Vargas, para que imparta las instrucciones necesarias a fin de que se remita a este órgano jurisdiccional, los antecedentes administrativos correspondientes a la ciudadana María Zoraida Jiménez. Se fija el lapso de cinco (5) días de despacho, una vez vencido el lapso de un (1) día concedido como término de la distancia, contados a partir de la respectiva notificación, para que la referida Gobernación cumpla con lo acordado. Asimismo, se estima necesario notificar a la ciudadana María Zoraida Jiménez, a fin de que tenga conocimiento de dicho requerimiento, y de ser el caso, cuente con lo oportunidad de impugnar la información que sea consignada, esto, dentro de los cinco (5) días siguientes a que conste en autos tal información, para lo cual se considerara abierta la articulación probatoria prevista en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. 02