D E C I S I Ó N
En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ADDEL GONZÁLEZ NUÑEZ,, con el carácter de autos, contra la sentencia dictada por la, Juez de Juicio Nº 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, de fecha 10 de abril de 2003, mediante la cual declaró SIN LUGAR el cobro de HONORARIOS PROFESIONALES, intentado por el abogado ADDEL GONZÁLEZ NÚÑEZ contra la ciudadana RAQUEL BEATRIZ URRIECHE CAMPOS, todos identificados en autos.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al Libro respectivo.
Regístrese y publíquese y bájese.