Esta Corte dictó decisión, mediante la cual declaró: 1.- QUE ES COMPETENTE para conocer y decidir el recurso de apelación ejercido en fecha 20 de febrero de 2014, por el abogado Franklin José Antuares Rodríguez, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano WILLIAM ANTONIO ANTUARES RODRÍGUEZ, contra la decisión de fecha 13 de febrero de 2014, emanada del referido Juzgado, mediante la cual declaró Improcedente "la acción de amparo cautelar" solicitada por la parte querellante, esto, en el marco del "recurso contencioso administrativo funcionarial conjuntamente con medida cautelar de suspensión de los efectos", interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la COMANDANCIA GENERAL DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA DE VENEZUELA. 2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta. 3.- CONFIRMA la decisión de fecha 13 de febrero de 2014, dictada por el referido Juzgado Superior, en los términos expuesto en la motiva del presente fallo. Se ordenó remitir el expediente al trib. de origen