Vista la copia certificada del Acta de Inhibición, suscrita por el Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, abogado OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ, contenida en el juicio por Cobro de Bolívares, seguido por la empresa VENEQUIP, S.A.. contra la empresa MULTISERVICIOS ESPIN, S.A., por cuanto en fecha 17/06/2008, el suscrito juez de mérito dictó auto declarando inadmisible la pretensión del demandante, auto éste que fue apelado por la parte actora, creándose el asunto KP02-R-2008-00773 y por decisión de fecha 17/11/2008, esta alzada declaró con lugar la apelación, anulando el auto apelado, por tanto el prenombrado juez ya emitió opinión que afecta el fondo del asunto planteado en el referido asunto, con lo cual fundamentada en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Ahora bien, de la revisión de las actas constitutivas de la presente causa, se evidencian efectivamente las actuaciones menci.....