DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SU INCOMPETENCIA para conocer en primer grado de jurisdicción la querella funcionarial interpuesta por la abogada Marina Pastrano De Bravo, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el Nro. 16.674, actuando en su carácter de apodera judicial de la sociedad mercantil SUPERMECADOS ROCA AZUL, C.A., contra el acto administrativo de efectos particulares iniciado tal como consta en el auto de apertura Nro. Sundecop/IIF/AAPS/2012/074, de fecha 29 de junio de 2012, dictado por la SUPERINTENDECIA NACIONAL DE COSTOS Y PRECIOS, DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y CONTROL SUNDECOP.
2. DECLINA LA COMPETENCIA en los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Remítase el expediente a la Unidad de Recepción, Distribución y Distrib.....