En consecuencia este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques actuando como Tribunal Constitucional declara INADMISIBLE la Acción de Amparo interpuesta por el ciudadano FRANKLIN AMERICO ROJAS PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad identificada con el Nro. 04.280.087 en contra del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A sociedad mercantil, inscrita en el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 15 de enero de 1938, con el número 30, tomo 1-B, cuya última modificación fue inscrita ene. Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20 de junio de 1997, quedando anotado bajo el Nº 110, Tomo 30-a 4to; y los ciudadanos Aurelys Marcano Marcano, Tereblink Wanderlinder y Eduardo Castro, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio e identificados con la.....