En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado MIGUEL RAMÓN ROJAS MORILLO, apoderada de la parte demandante, en consecuencia,
2. SE CONFIRMA la sentencia dictada por dicho Tribunal, en fecha 12 de Noviembre de 2007, que declara SIN LUGAR la Demanda de DESALOJO intentada por la ciudadana ADA MARINA RODRIGUEZ DE ROAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 3.759.305, debidamente representada por el abogado Miguel Ramón Rojas Morillo, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 119.704, en contra del ciudadano GEORZETH ADOLPHUS VEGA PRINCE, colombiano, mayor de edad, estudiante, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.943.920, debidamente asistido por los abog.....