Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: HOMOLOGADO el desistimiento expreso formulado por la abogada Diurbys Requena Rotundo, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), hoy, CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL S.A., (CORPOELEC), respecto del recurso de apelación interpuesto el 20 de mayo de 2011, contra la sentencia dictada en fecha 11 de mayo de ese mismo año, por el Juzgado Superior (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, Estado Aragua, que declaró procedente la suspensión de efectos solicitada y ordenó la constitución de una fianza a favor de la ciudadana Jenny Yasmin Daza San Juan. Se ordenó remitir el expediente al Tribunal de origen.