Esta Corte declara su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido en fecha 29 de enero de 2003, por la abogada Ruth Ángel,en su carácter de apoderada judicial de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CHACAO, contra la decisión de fecha 21 de enero de 2003, emanada del Juzgado Superior Segundo en lo Civil de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital mediante la cual se declaró con lugar la querella interpuesta, por el ciudadano LUIS JAVIER RAMÍREZ MOLINA, actuando en su propio nombre, CON LUGAR la apelación interpuesta, REVOCA el fallo apelado, SIN LUGAR la querella interpuesta, CESA la medida cautelar otorgada, y ordena remitir a la Sala Constitucional del Máximo Tribunal de la República, copia certificada de la presente decisión, con el fin de someter el criterio de control de la constitucionalidad asentado en la motiva de este fallo a la revisión correspondiente. 02