Vista el Acta de Inhibición, suscrita por el abogado JOSÉ ANTONIO RAMÍREZ ZAMBRANO, Juez Suplente Especial del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, contenida en el folio 1 del presente expediente, RECURSO DE AMPARO intentado por el ciudadano GRITZKO GABRIEL TERÁN MOGOLLÓN contra el abogado OSCAR EDUARDO RIVERO LÓPEZ, Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, mediante la cual manifiesta que se inhibe de conocer en la presente causa “por cuanto en fecha 20/07/2006, dictó sentencia en el asunto signado con el Nº KP02-O-2006-99, contentivo de Acción de Amparo Constitucional Sobrevenido que forma parte en la causa signada con el Nº KH03-O-2001-2 … dado que la misma tiene estrecha relación con la mencionada causa… fundamentando dicha inhibición en el ordinal 15 del Art. 82 del Código de Procedimiento Civil”.
Ahora bien, analizadas las actas, observa esta alzada que efectivament.....