En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena a la adolescente DATOS OMITIDOS, plenamente identificada, a cumplir las siguientes medidas:
Imposición de Reglas de Conductas, por el lapso de un (01) año, debe cumplir las siguientes obligaciones:
1) Residir en un lugar determinado y cualquier cambio deberá participarlo al Juez de Ejecución.
2) Prohibición de portar cualquier tipo de Armas de Fuego, blancas o facsímiles.
3) Prohibición de consumir bebidas alcohólicas.
4) Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
5) Continuar con sus estudios el cual deberá presentar constancia cada tres meses.
6) Prohibición de acercarse a la victima y,
7) Prohibición de incurrir en nuevos hechos punibles.
Libertad Asistida, por el lapso de seis (06) meses la cual se determinara en la audiencia de imposición. .....