Esta Corte dictó sentencia mediante la cual ADMITIÓ la demanda de resolución de contrato y cobro de bolívares y ejecución de fianza de anticipo interpuesta conjuntamente con medidas cautelares de embargo preventivo, prohibición de enajenar y gravar e innominada por la empresa Constructora del Alba Bolivariana, C.A., anteriormente identificada, en contra de las sociedades mercantiles Inversiones SRH, C.A., y Seguros Pirámide, C.A., en consecuencia: ORDENÓ a la Secretaría de esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que proceda a notificar de la presente admisión a las partes y ORDENÓ NOTIFICAR a la Procuraduría General de la República, a fin que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación, consigne opinión con relación al desistimiento solicitado por la parte demandante en fecha 26 de abril de 2016 y ADVIRTIÓ que de no traerse la opinión solicitada, esta Corte procederá a decidir con los elementos cursantes en autos.