declara CON LUGAR la apelación interpuesta por ARGENIS IGNACIO PEREZ ESCALONA contra la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Lara, en fecha 7 de Septiembre de 2.004; y REVOCA la sentencia apelada (Revisión de Sentencia de Obligación Alimentaría) formulada por la ciudadana ARELYS DEL CARMEN FERNANDEZ en contra del Ciudadano ARGENIS IGNACIO PEREZ ESCALONA, ambos ya identificados; y Se Fija un nuevo monto de la obligación alimentaría el Veintiocho punto Cuarenta y Cuatro por Ciento (28.44 %) del salario mensual del demandado, cantidad que debe ser pagada en dos cuotas quincenales de igual monto que deben ser depositados en una Cuenta de Ahorro de Central Banco Universal a nombre de los niños Pérez Fernández y representado por el prenombrado tribunal de la causa. A objeto de dar satisfacción a los gastos de inicio de año escolar el padre debe aportar en la primera quincena........