En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación ejercido en fecha 15/10/2013, por el Defensor Judicial de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA HEROVALLES, F.P., contra la sentencia dictada en fecha 9/10/2013, por el Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa del estado Bolívar, que declaró Inadmisible la reconvención propuesta por el Defensor Judicial de la parte codemandada, contra CVG PROMOCIONES FERROCA, S.A. (CVG FERROCASA), 2. HOMOLOGA la transacción judicial celebrada entre la Sociedad Mercantil UNIVERSAL DE SEGUROS C.A., y la Empresa C.V.G. FERROCASA S.A. y SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 9/10/2013, por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo del estado Bolívar, que declaró Inadmisible la solicitud de reconvención propuesta por el Defensor Judicial de la Firma Personal CONSTRUCTORA HEROVALLES, F.P.