En el caso bajo estudio, este Tribunal observa que desde la fecha veintisiete (27) de Septiembre del año 2010, compareció el ciudadano Christian Rodríguez, Alguacil Titular de de la Unidad de Alguacilazgo, mediante el cual dejó constancia que hasta la presente fecha, no ha comparecido la parte interesada a dar impulso procesal respectivo, para la practica de la intimación. este juzgado , hasta la presente fecha, ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil; en tal virtud encontrándose los supuestos de hecho examinados que encuadran en la norma prevista en el articulo ya mencionado, este JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) tiene incoada BANCO DEL SOL C.A., BANCO DE DESARROLLO co.....