Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo dictó decisión mediante la cual declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto el 10 de mayo de 2007 por el abogado Germán Figueroa, actuando en su carácter de apoderado judicial del Municipio querellado, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital el 27 de julio de 2006, mediante la cual se declaró con lugar la querella interpuesta. 2.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la Contraloría del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda. 3.- ANULA el fallo dictado en fecha 27 de julio de 2006, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. 4.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto. 04