PRIMERO: declarar SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado de la parte intimada contra la sentencia de 18 de octubre de 2.000, emanada del Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas;
SEGUNDO: como consecuencia del anterior pronunciamiento declarar CON LUGAR la demanda incoada por la demandante ASTROMON, C.A. contra la intimada LITOGRAFIA Y TIPOGRAFIA JET, C.A., ambas ampliamente identificadas en el encabezamiento de esta decisión y, en consecuencia, CONDENAR a la demandada a pagarle a la actora las cantidades siguientes: A) DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS CATORCE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 2.340.914,oo) por concepto de capital, B) los intereses de mora sobre el capital adeudado, contados desde el vencimientos de cada una de las letras demandadas y los que se sigan causando hasta la cancelación de la obligación, al 5% anual; C) el derecho de comisión montante a un sexto por ciento del principal de las.....