La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto contra el auto que declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial; REVOCA por contrario imperio, y de forma parcial, el auto de fecha 2 de febrero de 2005 en cuanto a la aplicación en la sustanciación de la presente apelación; CON LUGAR el referido recurso;REVOCA el auto apelado; y ORDENA al mencionado Juzgado Superior pronunciarse sobre la admisibilidad de la querella interpuesta, sin entrar a analizar la caducidad de la misma, por las razones expuestas en el presente fallo.