Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- NO ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 9 de octubre de 2012, para conocer en primer grado de jurisdicción de la demanda por indemnización de daños y perjuicios, interpuesta por el ciudadano Celis Cruz Martínez Matos, actuando en nombre y representación de la ciudadana MARÍA ELOISA MATOS DE MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº 1.508.042, debidamente asistidos por los abogados Héctor Ramón Velásquez y Luis Guillermo Medina, contra la sociedad mercantil PETRÓLEOS DE VENEZUELA, (PDVSA) GAS S.A., filial de la sociedad mercantil PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. 2.- PLANTEA CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.