Por la razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con competencia en Materia de Reenvío en lo Penal y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada: MARÍA EUGENIA PEÑARANDA, Defensora Privada del imputado: JAVIER JESÚS NIEVES GÓMEZ, titular de la Cédula de identidad Nº 15.119.599, contra la decisión dictada en audiencia por el Juzgado Cuarto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 02 de Febrero de 2012, mediante la cual decretó la Medida de privación judicial preventiva de Libertad contra el mencionado ciudadano, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3, 251, numeral 2 y 252, numeral 1, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por estar presuntamente incurso en la comisión.....