En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a solicitud de la Fiscalia del Ministerio Publico, que se le seguía al ciudadano, RONNY ISACC SUAREZ VARGAS, , venezolano, mayor de edad , Cédula de Identidad N° 16.322.687, de 21 años, nacido en Barquisimeto Estado Lara, hijo de Raúl Suárez y Margarita Vargas, de profesión Electricista, residenciado en la Urbanización La Carucieña, sector 4, vereda 17 casa N° 4 frente a la Casa Comunal, de esta ciudad de Barquisimeto Estado Lara, de conformidad con el articulo 318 ordinal 1ero del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Una vez declarada definitivamente Firme, Remítase al archivo Judicial.
Dada, Sellada y Firmada en el Palacio de Justicia, a los Veintinueve (29) días del Mes de Junio de 2004. Cúmplase lo ordenado.- .....