Se dictó y se publicó decisión mediante la cual este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró: DESISTIDA la demanda de nulidad, interpuesta por el abogado Giancarlo Bottini (INPREABOGADO Nº 89.560), actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CONSORCIO CARIBE C.A., según consta de poder autenticado por ante la Notaría Duodécima de Caracas en fecha 5 de enero de 2023, bajo el Nº 10, Tomo 1, Folios 20 al 31, de los libros de autenticaciones llevados por ante la preciada Notaría, contra el Acto Administrativo contenido en el oficio Nº 617 de fecha 25 de julio de 2022, emanado del REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI), mediante la cual se declaró extinguida la solicitud Nº 2021-1095.