DECLARA CON LUGAR, la demanda de Obligación Alimentaría formulada por la ciudadana BLANCA RUGEL DE MAZON, en contra del ciudadano SILVIO LUIS UZCATEGUI UZCATEGUI, ambos identificados, y se dicta como monto alimentario la cantidad de Ciento Cuarenta Mil Bolívares (140.000,00 Bs.) Mensuales, que serán cancelados en dos cuotas quincenales y depositados en una cuenta que se abra con ese fin. Se fija una cuota anual pagadera en el mes de septiembre en la cantidad de Cien Mil Bolívares (100.000,00 Bs.) para dar satisfacción a los gastos de inicio de año escolar. Para dar satisfacción a los gastos navideños se fija la cantidad de Ciento Veinte Mil Bolívares (120.000,00 Bs.)