Esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo Accidental "B", administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de marzo de 2003, por la Abogada Milagros Rivero Otero, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano YOVANI CORONADO, contra la sentencia dictada en fecha 26 de febrero de 2003, por el Juzgado Superior Tercero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, contra la ASAMBLEA NACIONAL.
2. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto.
3. FIRME el fallo apelado.