La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación contra la decisión que declaró INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial; y REVOCA la decisión dictada por el Juzgado a quo y, en consecuencia, ORDENA la remisión del expediente al Tribunal de origen, a los fines que se pronuncie sobre el mérito del asunto sometido a su conocimiento.