En la demanda por cobro de bolívares interpuesta conjuntamente con medida cautelar de "embargo de bienes muebles, o secuestro de bienes determinados, o la prohibición de enajenar y grabar bienes muebles", por el Apoderado Judicial del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS. Esta Corte dictó auto mediante el cual ORDENÓ solicitar al mencionado Fondo copia certificada del documento de préstamo firmado entre Banco Real, Banco de Desarrollo, C.A., y la empresa a la empresa Corporación Verdiarenas, C.A., así como de documento de garantía otorgado sobre el referido crédito, a los fines de emitir pronunciamiento respecto a la medida cautelar solicitada por la parte demandante, el cual deberá ser consignado ante esta Corte en el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la fecha que conste en el expediente el recibo de la notificación a que se refiere el presente auto.