La Corte declaró su INCOMPETENCIA para conocer en primer grado de jurisdicción del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos. En consecuencia, se declina el presente asunto en el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Transito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito del Estado Bolívar, a los fines legales consiguientes, en tal sentido, SE ORDENA la remisión del expediente al aludido Juzgado Superior