Esta Corte: DECRETÓ LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia Nº 2014-1011 de fecha 10 de julio de 2014, dictada por este Órgano Jurisdiccional, y concede un lapso de 60 días de despacho siguientes a la notificación, para que la parte accionada, dé cumplimiento voluntario a la referida decisión, en consecuencia: ordenó los Librar oficios, anéxar copia certificada de la sentencia Nº 22014-1011 de fecha 10 de julio de 2014, dictada por esta Corte, así como del presente fallo y ordenó remítir copia al Procurador General de la República, al Contralor General de la República, al Procurador General del estado Guárico, al Contralor General de la República y al Contralor General del estado Guárico.