La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer, en primer grado de jurisdicción, del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos; y ORDENA notificar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, a los fines que dentro de los cinco (5) días siguientes a la constancia en autos de su notificación, remita a este Órgano Jurisdiccional la totalidad del expediente contentivo del referido recurso.