En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento formulado por la Apoderada Judicial del Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios, en el recurso contencioso administrativo de nulidad que ejercieran los Apoderados Judiciales de BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 067-09, de fecha 18/02/2009, emanada de la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, hoy SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN), notificada el 19/02/2009, mediante el cual se declaró Sin Lugar el Recurso de Reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 223-08, de fecha 26/08/2008, la cual se sancionó a la referida institución.