La Corte declaró SU INCOMPETENCIA SOBREVENIDA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto con acción de amparo constitucional; y SE ORDENA la remisión del expediente al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil Agrario, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines que conozca el presente recurso.