La Corte se declaró COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional incoada conjuntamente con medida cautelar; ADMITE la referida acción; se ORDENA notificar a las partes, al MINISTERIO PÚBLICO, DEFENSORÍA DEL PUEBLO y PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, a los fines de que comparezcan por ante esta Corte a conocer la fecha y hora en la cual se realizará la audiencia constitucional, cuya fijación y práctica se efectuará en el término de noventa y seis (96) horas, a partir de que conste en autos la última de las notificaciones aquí ordenadas; y se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada.