Esta Corte declara: que es COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el 31 de julio de 2017, por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, que declaró consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en el marco del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano WILMER JOSÉ MACERO APONTE, asistido por el abogado Roberto Bolívar, antes identificados, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO); CON LUGAR el recurso de apelación ejercido; REVOCA la sentencia apelada; ORDENÓ la remisión del expediente al Juzgado de Instancia, a los fines que continúe con la tramitación del recurso interpuesto, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley del Estatuto de la Función Pública.