Decisiones del dia 01/03/2012
N° Expediente :
AP42-R-2011-000721
N° Sentencia :
2012-0345
Fecha: 01/03/2012
Procedimiento: Nulidad Con Suspensión De Efectos
Partes: CONSTRUCTORA VIALPA, S.A. CONTRA LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO JOSÉ RAFAEL NUÑEZ TENORIO
Resumen:
Se dictó desición mediante la cual esta Corte declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta por el abogado Jesús Anibal González Ojeda, antes identificado, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Luis Arístides Sanz, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital en fecha 11 de abril de 2011, que declaró con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la empresa CONSTRUCTORA VIALPA, S.A., contra la providencia administrativa Nº 214-2009, dictada en fecha 30 de marzo de 2009 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO JOSÉ RAFAEL NUÑEZ TENORIO, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos propuesta por el referido ciudadano contra la mencionada empresa; 2.- CON LUGAR el recurso de apelación; 3.- ANULA el referido fallo; 4.- Conociendo del fondo del presente asunto declara SIN LUGAR, el recurso interpuesto.
Juez/Ponente:
Emilio Ramos Gonzalez
Organo:
Corte Segunda
N° Expediente :
AP42-R-2011-000709
N° Sentencia :
2012-0356
Fecha: 01/03/2012
Procedimiento: Querella Con Amparo Cautelar. Apelación.
Partes: JESÚS EDUARDO CASTRO RAMÍREZ CONTRA LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL
Resumen:
Se dictó decisión mediante la cual esta Corte ORDENO notificar a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO DE LIBERTADO DEL DISTRITO CAPITAL, para que dentro de lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, de cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión. Igualmente se ordena notificar al JESÚS EDUARDO CASTRO RAMÍREZ a fin de que tenga conocimiento de dicho requerimiento, y de ser el caso, cuente con la oportunidad de impugnar la información que sea consignada, esto, dentro de los cinco (5) días siguientes a que conste en autos tal información, para lo cual se consideraría abierta la articulación probatoria prevista en el artículo 607 del Código de procedimiento Civil, de acuerdo a lo expuesto en la sentencia antes señalada, o consigne dicha información de este poseerla.
Juez/Ponente:
Emilio Ramos Gonzalez
Organo:
Corte Segunda